La quiebra del A.S. Bari
- ️Luca Smacchia
- ️Mon Mar 24 2014
La declaración de quiebra del A.S. Bari S.p.a.: consecuencias jurídicas y deportivas a luz del derecho italiano.
Con la sentencia numero 31 emitida el 10 de marzo del 2014, el Tribunal de Bari ha declarado la quiebra del A.S. Bari S.p.a. estableciendo, después de 106 años de historia deportiva, la desaparición de uno de los mas antiguos clubes del sur de Italia.
La declaración de quiebra de una sociedad de fútbol no es un fenómeno nuevo para el derecho italiano. En los últimos años clubes famosos como el Napoli, la Fiorentina y el Torino se han enfrentados a esos tipo de cuestiones jurídicos-financieras habiendo sido declarados en bancarrota por los tribunales civiles aunque, posteriormente, de acuerdo con las disposiciones de la ley italiana en materia, han conseguidos resurgir asegurando el proseguimiento y la supervivencia del fútbol en dichas ciudades.
La ley que regula las quiebras en el derecho italiano, el Decreto Real n. 287 del 1942, ha sido modificada en 2006 con la introducción de unas transformaciones que han cambiado el objetivo del remedio jurídico de la quiebra que, si antes era finalizada principalmente a punir la persona física o jurídica responsable, poniéndola afuera del mercado económico, tras la liquidación de su patrimonio, hoy en día, perdiendo su carácter sancionatorio, es mas focalizada en la tutela de los acreedores y en la recuperación del sujeto insolvente.
Según la disciplina italiana, para que una persona física o jurídica pueda ser declarada en quiebra, no pudiendo mas hacer frente a los pagos que debería realizar en cuanto superiores a sus recursos económicos disponibles, se exige la presencia conjunta de dos requisitos fundamentales:
Primero, es necesario que el sujeto interesado actúe una actividad de carácter comercial, que, según el legislador italiano, consiste en una actividad de relevancia económica profesionalmente organizada finalizada al intercambio de productos y servicios.
Segundo, es necesaria la existencia de un estado de insolvencia que se manifiesta en incumplimientos que demuestran la incapacidad de ejecutar las obligaciones previamente contraídas.
Desde el 1981, año en el cual fue publicada la ley n. 91 sobre el profesionalismo deportivo, en Italia hube un debate sobre la posibilidad de sujetar las sociedades deportivas a las normas del derecho concursal, en particular a la quiebra, en cuanto, las entidades deportivas, en el pasado, no podían tener un fin de lucro y, por lo tanto, no realizando una actividad comercial, no podían satisfacer una de las dos condiciones requeridas por la ley.
Con la ley reformadora n. 586/1996 las disposiciones referidas a las sociedades deportivas fueron modificada y les fue reconocida la posibilidad de desarrollar una actividad con fines lucrativos así que esas pudieran ser sometidas a las reglas generales del derecho concursal, no dejando espacio para otras dudas.
Por lo tanto, actualmente, las sociedades de fútbol que yacen en estado de insolvencia son sometidas a las reglas generales del Código Civil italiano, pudiendo ser declaradas en quiebra, y, al mismo tiempo, son sojuzgadas a las consecuencias dictadas por las Normas Internas Organizativas de la Federación de Fútbol Italiana (Norme Organizzative Interne FIGC – en adelante NOIF).
El articulo 16.6 NOIF, conectando la disciplina deportiva a las disposiciones del Código Civil, establece que el Presidente Federal, en caso de declaración judicial del estado de insolvencia de un club de fútbol delibera la revocación de la afiliación federativa de dicho club.
Si la declaración judicial acontece durante el campeonado los efectos de esa revoca comienzan desde la expiración de la fecha de inscripción al campeonado siguiente, permitiendo, así, al equipo, siempre que la autoridad judicial autorice el ejercicio provisional de la actividad de empresa, de seguir en la competición.
Un concepto muy importante en el derecho del fútbol italiano es el titolo sportivo, que, como definido en el articulo 52.1 NOIF, es el reconocimiento, hecho por la FIGC, de la existencia de todos los requisitos deportivos necesarios para la participación de una entidad a un campeonato organizado por la federación.
De acuerdo con el articulo 52.2 NOIF, el titolo sportivo en ningún caso puede ser objeto de evaluación económica o cesion y según el articulo 52.3 NOIF, si la FIGC revoca la registración a una sociedad previamente afiliada, el titolo sportivo de esa puede ser asignado por el Presidente FIGC, dentro del termine para la inscripción a los campeonados a una nueva entidad establecida en el mismo ayudamiento siempre que la predicha haya:
- comprado la entera empresa deportiva en estado de insolvencia;
- obtenido la afiliación por la FIGC;
- abonado todas las deudas de la previa sociedad;
- demostrado de haber un patrimonio adecuado a las exigencias del campeonado;
Por eso la A.S. Bari S.p.a. auto declarando su propia insolvencia antes del final de la temporada, irá a conseguir el mantenimiento de la categoría deportiva, tras la creación de una nueva entidad jurídica que dará continuidad a la actividad del club declarado en quiebra.
Los dueños del A.S. Bari S.p.a., los hermanos Matarrese, que guiaban el club desde el 1977, conscientes del estado de insolvencia de la sociedad han entregado los registros contables al Tribunal de Bari, abriendo el procedimiento finalizado a la declaración de quiebra de acuerdo con el articulo 14 de la Ley Concursal italiana.
Al mismo tiempo, de acuerdo con el articulo 104 de la misma ley, han pedido la autorización al ejercicio provisional de la actividad de empresa. Eso significa que los jugadores siguen perteneciendo al club y que, para tutelar los acreedores, el complexo de la empresa se venderá en una subasta publica, destinando las ganancias al pago de las deudas por la nueva sociedad, ganadora de la subasta, que preguntará a la FIGC por el titulo deportivo del club declarado en quiebra, no pudiendo ser eso, como antedicho, objeto de cesion.
La Comisión de Vigilancia sobre las Sociedades de Fútbol de la FIGC (en adelante COVISOC) controlará que la nueva sociedad constituida tenga todos los requisitos económicos y las garantías suficientes para cumplir con las reglas federativas.
Solo si ese examen es aprobado, el nuevo club, tras el abono de todas las deudas antecedentes y asegurando un futuro económico estable al club, podrá mantener los derechos federativos del club declarado en quiebra manteniendo la misma categoría deportiva y los jugadores de propiedad.
En la luz de lo ante explicado, el “fallimento pilotato” hecho por el equipo del sur de Italia es un acontecimiento que mezcla elementos de derecho concursal y a disposiciones típica del derecho deportivo.
En breve, es posible salvaguardar el titulo deportivo de un club en crisis económica y preservar la misma categoría deportiva si el proceso concursal, empezado por los administradores conscientes de la situación las mismas o por los terceros acreedores, sea acelerado así permitiendo que, acabándose antes de la fecha de inscripción de la temporada siguiente, los jugadores no sean libres y las consecuencias deportivas sean limitadas.
Todo ese acontecimiento comportará la nacida de un nuevo club de fútbol en Bari y el final de la época de los Matarrese, después de 35 anos de altos y bajos.
No siempre un club declarado en quiebra es comprado por alguien en la subasta y tambíen es posible que la imposibilidad de inscribirse a un campeonado no sea debida solo a problemas económicos.
Por eso, tras la declaración de quiebra de clubes blasonados como el Napoli y la Fiorentina, en el 2004 el Consejo Federal de la FIGC ha integrado las disposiciones de las NOIF a través la introducción del Lodo Petrucci que ha reformado el articulo 52.6 NOIF con el fin de asegurar que en algunas importantes ciudades del fútbol italiano, aunque haya la desaparecían de un club histórico sea posible la creación de una nueva entidad que pueda sufrir consecuencias circunscritas.
El nuevo articulo 52.6 de NOIF establece que en caso de inadmisión de un club al campeonato de Serie A o Serie B si el predicho constituye expresión de la tradición deportiva radicada en un territorio con una participación continuada, en los últimos diez anos, a campeonatos profesionales de Serie A y Serie B, la FIGC puede asignar su titolo sportivo a una otra entidad que participará al campeonato de dos categorías inferiores respecto a la de pertenencia del club no admitido, siempre que el nuevo club haya sede en la misma ciudad y sea en condición de asegurar a la FIGC unas garantías financiarías.
En breve, los efectos de la aplicación del Lodo Petrucci son:
- para la sociedad incumplidora: cancelación, expropiación del titulo deportivo, descenso al ultimo nivel del fútbol amateur y perdida de los jugadores;
- la asignación por la FIGC del titulo deportivo a nueva sociedad formada en la misma ciudad que le permitirá de participar al campeonado de dos categorías inferiores;
- la obligación, para la nueva sociedad de pagar un impuesto, determinada por la FIGC, para obtener la asignación del titulo deportivo.
Esas disposiciones si por un lado permiten la conservación del titulo deportivo de la sociedad declarada en quiebra por el otro implican la retrocesión automática de dos categoría.
Esa reforma y la atención para los aspectos económicos de las sociedades de fútbol han sido debidas, lamentablemente, a la situación del fútbol Italiano. Cada temporada hay clubes que desaparecen por problemas financieros y estado de insolvencia irreparable.
De los veinte clubes de la Serie A solo cinco, Catania, Chievo, Fiorentina, Napoli y Udinese han cerrado el balance económico de la pasada temporada en activo y las deudas de la entera Serie A ascendían a mas de un billón de Euro.
El elevado costo del personal, en particular el sueldo de los futbolistas, sigue siendo la expensa mas alta para los clubes y, además, se registra una excesiva dependencia de los clubes por los derechos televisivos que representan mas del 50% de los ingresos en cuanto todavía no se desfruta del potencial resultante de la área comercial y de los beneficios descendientes de la propiedad de un estadio.
Los limites del fútbol italiano se reflejan sobre las crisis económicas de los clubes que no aguantan mas gestionar esas condiciones.
La falta de estadios de propiedad que comporta bajos ingresos por las entradas y la excesiva dependencia por las televisiones, ponen la Serie A un pase detrás de otras ligas europeas como la Premier League y la Bundesliga que han sido capaces de maximizar su potencial económico.
Expedientes como el Financial Fair Play a nivel Europeo y el Salary Cap introducido en la Serie B desde la presente temporada, siempre que sean compatibles con el derecho de la competencia, representan el camino futuro para la supervivencia de los clubes de fútbol y para el sustentamiento de ese deporte.
Luca Smacchia
L.L.M. International Sports Law ISDE Madrid
Studio Legale Grassani Urbinati e Associati