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La caida de Barcelona y la abolici�n de la Generalitat


La caida de Barcelona y la abolici�n de la Generalitat (1714-1716)


En marzo de 1713 las tropas de Felipe V iniciaban el asedio de Barcelona. Catalu�a, reducida a las dos plazas fortificadas de Barcelona y Cardona, deb�a optar entre rendirse o continuar la lucha en defensa propia. A mediados de 1713 los brazos generales �las Cortes sin el rey� fueron convocados para tomar una decisi�n al respecto. Aunque los brazos militar y eclesi�stico y los diputados de la Generalidad, ante la desproporci�n existente entre las fuerzas catalanas (ya sin el apoyo de las tropas de la Gran Alianza) y las de Felipe V, se inclinaran por la aceptaci�n del rey Borb�n, el brazo popular decidi� la votaci�n a favor de la resistencia. Ante tal decisi�n, la Generalidad, una vez m�s, hizo una llamada a la defensa de la ciudad.

El sitio fue iniciado por el duque de Berwick, general franc�s impuesto por Luis XIV a su nieto Felipe V. El general Antoni de Villarroel fue puesto al frente de las tropas catalanas. Catalu�a ve�a en Felipe V la instauraci�n definitiva del absolutismo y del centralismo en todos los territorios sometidos. Los testigos contempor�neos contemplaban el sitio de Barcelona como la agresi�n a un pueblo que hab�a hecho de la libertad el fundamento de sus instituciones. Escritores de la �poca describen la defensa de Barcelona como un gesto heroico admirado en toda Europa.

Dieciocho meses de sitio y luchas encarnizadas obligaron a capitular el d�a 11 de septiembre de 1714: los defensores m�s destacados de Barcelona, Rafael Casanova, consejero jefe del Consistorio de la ciudad, y el general Antoni de Villarroel, comandante supremo de las fuerzas militares, quisieron evitar la destrucci�n total de la ciudad y de sus defensores.

El 15 de septiembre de 1714 el duque de Berwick firm� el nombramiento de la Real Junta Superior de Justicia y Gobierno, que, bajo la presidencia del consejero felipista Jos� Pati�o, sustitu�a a la autoridad de la Generalidad y del Consejo de Ciento. El d�a siguiente Jos� Pati�o le�a ante el Presidente de la Generalidad el decreto de disoluci�n: "Habiendo cesado por la entrada de las armas del Rey N. S. (Q.D.G.) en esta Ciudad y plaza la representaci�n de la Diputaci�n y Generalidad de Catalu�a, el Excmo. Sr. Mariscal Duque de Berwick y Liria me ha encargado que ordene y mande a los diputados y oidores de cuentas del General de Catalu�a, que arrimen todas las insignias, cesen totalmente, as� ellos como sus subalternos, en el ejercicio de sus cargos, empleos y oficios y entreguen las llaves, libros y todo lo dem�s concerniente a dicha casa de la Diputaci�n y sus dependencias...". Valencia y Arag�n ya hab�an ca�do en manos de la corona castellana. Mallorca e Ibiza se rindieron un a�o m�s tarde. Por el Tratado de Utrecht (1713) Menorca hab�a sido cedida a Inglaterra. Los dem�s territorios de la antigua Corona de Catalu�a-Arag�n quedaban desmembrados: N�poles y Cerde�a eran colocados bajo soberan�a austr�aca y Sicilia entregada al duque de Saboya.

Abolidos la Generalidad y el Consejo de Ciento, desarmadas y extinguidas las fuerzas militares catalanas, exiliados, encarcelados o condenados a muerte los l�deres de la resistencia, derruidos sus castillos, cerrada la Casa de la Moneda, suprimida la Universidad de Barcelona y los Estudios Generales del Principado, decretado el uso oficial del castellano en lugar del catal�n, Catalu�a perdi� todo poder pol�tico siendo sometida a un largo proceso de castellanizaci�n.

El nuevo r�gimen de Catalu�a, instaurado provisionalmente en 1714, se estructur� definitivamente por el Real Decreto de Nueva Planta de 16 de enero de 1716, sometido a la aprobaci�n del Consejo de Castilla. El Decreto de Nueva Planta confi� el m�ximo poder de gobierno a un militar: el capit�n general, asistido por la Real Audiencia. La divisi�n territorial del Principado en veguer�as, ya citada en tiempos de Jaime I y formalmente establecida en dieciocho veguer�as desde 1304, fue sustituida por una divisi�n en doce corregimientos y un distrito (Valle de Ar�n). Sin embargo, ni las antiguas veguer�as ni los corregimientos ni las futuras provincias reflejaban las realidades humanas y geogr�ficas de la tierra. Habr�a que esperar m�s de dos siglos para recuperar la organizaci�n territorial en comarcas por la nueva Generalidad del s. XX.

Durante los reinados de los sucesores de Felipe V, Fernando VI (1746-1759) y Carlos III (1759-1788), la atenci�n de los catalanes se centr� en la recuperaci�n cultural y econ�mica, favorecida por la concesi�n de Carlos III a los puertos catalanes de comerciar directamente con Am�rica, anteriormente prohibida. Es el momento del desarrollo industrial de Catalu�a.

La vida pol�tica se centra en la Corte de Madrid, de la que emana todo cuanto concierne al gobierno de Catalu�a. As� como Felipe V hab�a eliminado el uso oficial del catal�n, Carlos III lo elimin� de la ense�anza primaria y secundaria por una Real C�dula de 1768. Evidentemente, tales medidas no iban a conseguir la total desaparici�n de la lengua catalana, que incluso fue veh�culo de notables creaciones literarias. Del mismo modo, Catalu�a tampoco hab�a perdido totalmente su conciencia nacional, a pesar de la sumisi�n oficial a la nueva monarqu�a. Cuando en 1789 se reunieron las Cortes en Madrid para el juramento del pr�ncipe heredero Fernando, la representaci�n catalana acudi� como Diputaci�n del Principado de Catalu�a, reminiscencia de la abolida Generalidad.

La Revoluci�n Francesa fue, para ciertos sectores de Catalu�a, como una bocanada de libertad. Cuando Francia declar� la guerra a Espa�a (1793), dando lugar a la llamada "Guerra Grande", Catalu�a organiz� su defensa contra los franceses, quienes resultaron derrotados. La firma de la paz de Basilea, en 1795, supuso la restituci�n rec�proca de los territorios ocupados.

La emergencia de Napole�n Bonaparte y el env�o de su ej�rcito a la conquista de Europa implicaron de nuevo a Catalu�a en una nueva guerra de defensa, al cabo de trece a�os del fin de la "Guerra Grande". Carlos IV (1788-1808) se vio incapaz de afrontar la situaci�n y Napole�n aprovech� h�bilmente la debilidad del rey y la inexperiencia de Fernando VII para ampliar su imperio. La defensa del territorio catal�n estaba motivada, en aquella �poca, por la animadversi�n al invasor y sentimientos religiosos. A mediados de 1808 se constituy� la Junta Superior del Principado, que organiz� de forma aut�noma las fuerzas militares de defensa. Con ello se abr�a un per�odo de guerra desoladora que devast� al pa�s y lo sumi� en la miseria. Napole�n intent� ganarse a Catalu�a mediante el ofrecimiento de una forma de autogobierno independiente de la corona de Jos� Bonaparte (1810) y decretando la oficialidad del catal�n. Pero el Principado no acept� la ocupaci�n. Cuando todav�a se estaba librando la guerra contra Napole�n, las Cortes de C�diz daban fuerza constitucional al centralismo y al uniformismo, lo cual situaba a Catalu�a en una posici�n incluso m�s desfavorable de la que Napole�n estaba dispuesto a otorgar a �sta.

La Junta Superior del Principado, que en momentos de emergencia hab�a actuado como gobierno, fue abolida y sustituida por un nuevo organismo establecido por la Constituci�n de C�diz: la Diputaci�n provincial, presidida por el capit�n general, m�xima autoridad en el Principado, ya que la guerra de la independencia hab�a conducido a un predominio del estamento militar. De acuerdo con la Constituci�n de C�diz (1812), Catalu�a fue dividida en provincias. El absolutismo de Fernando VII, que en 1813 hab�a recuperado de Napole�n la corona de Espa�a, supuso la vuelta al r�gimen de corregimientos, hasta que en 1833 se implant� de nuevo la divisi�n provincial.

A lo largo del siglo XIX Catalu�a se vio envuelta en luchas civiles como las guerras carlistas y los enfrentamientos entre partidos. Los primeros presidentes de la ef�mera Primera Rep�blica espa�ola de 1873 fueron dos catalanes: Figueras y Pi i Margall. Un golpe militar acab� con la Rep�blica y se reinstaur� la monarqu�a en la persona de Alfonso XII (1874), a quien sucedi� Alfonso XIII bajo la regencia de Mar�a Cristina (1885).