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Resolución de investidura de funcionarios públicos como ministros de fe - Tramites y Servicios. Dirección del Trabajo. Gobierno de Chile

Trámites y Servicios

Inviste como ministros de fe a funcionarios públicos, para que éstos puedan participar en tal calidad en algunos actos de organizaciones sindicales.

¿En qué consiste?

Este procedimiento consiste en la investidura como ministro de fe que hace la Dirección del Trabajo a funcionarios públicos, a objeto de que éstos participen en tal calidad en actos internos de la organización o en votaciones de afiliación o desafiliación a Cajas de Compensación de Asignación Familiar.

¿A quién está dirigido?

A organizaciones sindicales y asociaciones de funcionarios.

Requisitos

Quienes van a actuar como ministros de fe deben ser funcionarios públicos.

Documentos Requeridos

  • Solicitud de la organización o la entidad pública empleadora, en el caso de las votaciones para Cajas de Compensación.
  • Lista de funcionarios autorizados para cumplir la labor de ministro de fe emitida por el Jefe de Personal correspondiente, indicando nombre completo, RUT, dependencia y lugar donde va a actuar como ministro de fe.

Tiempo de realización

El plazo legal es de 3 días.

Resultado

Investidura de ministro de fe de funcionario público.

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