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Hora Oficial

  • 1884
    El Capitán de Fragata graduado don Francisco Vidal Gormaz, como director de la Oficina Hidrográfica, es designado por el Supremo Gobierno, para representar a Chile en el primer Congreso del Meridiano a celebrarse en octubre de ese año en Washington, para discutir y acordar un meridiano único aceptado internacionalmente, que debería emplearse como cero común de longitudes y norma para el cómputo del tiempo en el globo y de este modo fijar la hora universal.
  • 1894
    El 1º de marzo empieza a funcionar la primera señal horaria en Valparaíso (hora media del lugar), en el frontis de la ex Escuela Naval, hoy Museo Naval y Marítimo, consistente en una esfera negra que caía a lo largo de un mástil desde una altura de 5 metros, a las 12,00 horas (hora media local), equivalente a las 04 horas 46 minutos 34 segundos (hora media de Greenwich). El mástil estaba ubicado en lat. 33º 01' 50" S, long. 71º 38' 00" W. También a solicitud de algún buque, esta señal era puesta en funcionamiento a excepción de los días domingos y festivos.
  • 1899
    Cuando es trasladada la Oficina Hidrográfica de Santiago a Valparaíso, a un edificio en las cercanías del muelle Prat y casi a fines de ese año, siendo Director el Capitán de Navío Sr. Luis Pomar Avalos, se incorporan y fusionan a esta oficina, la Sección Cartas e Instrumentos y la Estación Horaria. Pero por falta de infraestructura para acoger a dicha estación, ésta se queda en las dependencias de la Escuela Naval.
  • 1900
    El Boletín Nº 21, aviso Nº133, anunciaba que el cañonazo disparado al mediodía en el fuerte Covadonga, estaría coordinado con la bola horaria de la Escuela Naval. En consecuencia ambas señales serían absolutamente simultáneas y efectuadas a las 12, tiempo medio local, equivalente a las 4 horas 46 minutos 34 segundos tiempo de Greenwich.
  • 1902
    El 14 de mayo, por Decreto Supremo Nº 1519, se crea la primera Estación Horaria de la Armada, funcionando y dependiendo de la Escuela Naval, en el cerro Artillería. Estuvo a cargo del piloto 2º Sr. Luis A. Winroth, secundado por don Arturo Mariotti B., que actuaba como observador, y como portero 1º, el Sr. Marcos Canales P. Ese año, el 11 de junio, se presentó el Empleado Civil, Sr. Luis J. Bergendahi, quien fue contratado como mecánico de precisión de acuerdo al Decreto Supremo Nº 1920 de fecha 10 de junio de 1902. Esta estación usaba péndulos mecánicos Seth Thomas.
  • 1903
    Se instala en la bahía Coquimbo, una señal que para prestar servicios a los navegantes. Dicha señal consistía en un cono que se iza en el palo de mesana, 5 minutos antes del mediodía y caía a las 12 horas en punto, tiempo medio local, correspondiendo a 4 horas 45 minutos 20,7 segundos de Greenwich. El error puede alcanzar a 3 segundos más o menos. No obstante, por falta de aparatos eléctricos, no se podía por entonces dar la hora con la exacta. Información fue difundida por el Boletín Nº 20, por aviso Nº 157. Esta fue la segunda estación horaria instalada en el país, pero sin dependencias de un organismo del Estado.
  • 1904
    Se construye un reloj de torre tipo Monumental Mk, atribuido al Ingeniero Cronometrista Sr. Enrique Scheel, de la Estación Horaria que funcionaba en la Escuela Naval.
  • 1906
    Como consecuencia del violento terremoto que asoló a Valparaíso, la señal horaria de la Escuela Naval, fue suprimida por la destrucción de la parte del edificio donde funcionaba la Estación Horaria. Debiéndose utilizar el cañonazo del mediodía del fuerte Covadonga, que no ofrecía rigurosa exactitud. La caída de parte del edificio que albergaba la Estación Horaria, destruyó totalmente uno de los tres relojes de péndulos existentes en esa época y por extensión la señal de la esfera negra, que anunciaba el mediodía para la población civil e industrias, dejó de funcionar temporalmente.
  • 1908
    Con fecha 1º de enero, se reestablece la señal de la esfera negra que anuncia el mediodía para la población civil e industrias. También se anunció que en el frente del edificio de la Escuela Naval, a 75 metros sobre el mar, se colocó un reloj con un cuadrante de 2 metros de diámetro alumbrado eléctricamente de noche y visible desde toda la bahía. Este reloj no dependía de la estación horaria, y se anunció su entrada en servicio por el Boletín Nº 2, Aviso Nº 7/1908. La señal horaria de la esfera se hizo coincidir con un disparo de cañón desde el Depósito de Marineros, ex fuerte Bueras, actual Academia de Guerra Naval.
  • 1910
    Desde el 10 de enero se empleó la hora estándar del meridiano 75º weste (zona +5) como Hora Oficial de Chile, información proporcionada por el Boletín Nº 1, Aviso Nº 1/1910; documento que además informaba que se seguía usando la señal horaria de la esfera negra con algunas modificaciones después del terremoto de 1906. Ese año se instaló un segundo reloj de torre, construído por el Ingeniero Cronometrista Sr. Enrique Scheel, en la torre del edificio de la Intendencia de Valparaíso, actual edificio de la Comandancia en Jefe de la Armada.
  • 1912
    Después de 28 años del Congreso del Meridiano realizado en Washington, se reúnen 18 naciones en París, en la Conferencia Internacional de la Hora, entre ellas se contó con la presencia de Chile, donde después de largas discusiones, se logró una solución y acuerdo en el problema, con el llamado “Sistema de Husos Horarios”. Al cual nuestro país se adhirió, y en ella se acordó asignar a Chile el huso horario Nº 19 o sea la zona +5 (meridiano 75º weste), Meridiano del Observatorio de Lo Espejo. La estación Horaria es trasladada a la Oficina Hidrográfica, donde actualmente se encuentra el SHOA.
  • 1916
    Con fecha 1º de julio, se cambió la hora estándar adoptando como hora oficial, la hora del meridiano del observatorio Astronómico de la Quinta Normal de Santiago, o sea, 4 horas 42 minutos 46,3 segundos de Greenwich.
  • 1918
    El 1º de enero, siendo director el Capitán de Navío Sr. Arturo Acevedo, se inicia la primera transmisión de la Señal Horaria por radio en 500 Kcs. (600 metros) a las 01.00 (hora media de Greenwich), por la Radioestación Naval de Playa Ancha. Esta novedad fue informada por Boletín Nº 52/1917. En marzo de ese año, se cambió a 1.100 metros la frecuencia de transmisión de la señal. El 10 de septiembre de ese año, se cambia la hora estándar, adoptando la hora oficial del meridiano 60º weste (zona +4). Lo que fue informado a través del Boletín Nº 22, Aviso Nº 129/1918 del 23 de agosto de 1918.
  • 1919
    A partir del 1° de julio, se cambió la hora estándar, adoptando como hora oficial, la hora del meridiano del Observatorio Astronómico de Lo Espejo en Santiago, o sea, 4 horas, 42 minutos, 46,3 segundos, correspondiente a 70º 41' 34,5 " W, de Greenwich, en vez de la zona 20 del huso horario terrestre. Información difundida por el Boletín Nº 24, Aviso Nº 103/ 1919.
  • 1927
    Por Decreto Supremo N" 5.693, del 22 de agosto, se adoptaron dos horas diferentes. La hora oficial de invierno, correspondiente al meridiano 75º weste (zona +5) y la hora oficial de verano, correspondiente al meridiano 60º weste (zona +4), efectuándose los cambios el 1º de abril y el 1º de septiembre de cada año. Novedad que fue difundida por el Boletín Nº 11, por aviso Nº 56/1928. Este sistema de hora económica se vino a hacer efectivo sólo el 1º de abril de 1928.
  • 1928
    Se adquirió un cable forrado en plomo a la Compañía de Teléfonos, para conectar la Estación Horaria con la Radio Estación de Playa Ancha y a su vez con el cañón del cuartel Silva Palma. Jefe de la Estación Horaria, en esa fecha era el Sr. Cristian Wiegand O.
  • 1941
    Al cumplir el Departamento de Navegación e Hidrografía, 67 años de existencia, contaba en esa fecha la Estación Horaria con cinco relojes de alta precisión conocidos bajo el nombre de "péndulos", los cuales son controlados entre sí. De estos cinco péndulos, tres son eléctricos y dos son mecánicos en sus mecanismos de cuerda. De los tres péndulos eléctricos el principal y de mayor precisión llamado "péndulo magistral eléctrico", trabaja dentro de una campana de cobre con vidrio en su parte superior, bajo un vacío de 150 milímetros. Los otros dos péndulos eran los repetidores del magistral.
  • 1943
    El reloj de péndulo que fue destruido por el terremoto de 1906, es reconstruido totalmente y puesto en servicio por el personal de la sección Cronómetros del Departamento de Navegación e Hidrografía, reloj que se conserva en funcionamiento en este Servicio junto a otros tres de antigua data.
  • 1946
    El 27 de agosto, se publica la Ley Nº 8.522, que dispuso el cambio urgente de la hora para Santiago y la zona central del país, ante la incapacidad de las plantas de satisfacer las demandas de energía eléctrica para la industria, comercio, residencias y alumbrado público, quedando la capital y la zona central con el huso horario de +3 horas y el resto del país con un huso horario +4 horas. Boletín Nº 20, aviso Nº 380/1946, de fecha 31 de octubre de 1946.
  • 1947
    Con fecha 17 de mayo por Decreto Supremo Nº 8.777, se deroga la ley del año anterior, y se cambia la hora estándar, adoptando la hora oficial correspondiente a la zona +4 (meridiano del Observatorio de Lo Espejo, 60º weste) que rige para toda la República, a contar del 21 de mayo de 1947 a las 23 horas. Boletín Nº 10, aviso Nº 249/1947, de fecha 31 de mayo de 1947.
  • 1959
    Se procedió a la adquisición, armado e instalación, junto con la etapa de pruebas, de los relojes electrónicos de cuarzo, marca "Rhode & Schwartz", los que entraron oficialmente en servicio en 1964.
  • 1964
    El 12 de mayo, se inauguran los equipos de relojes de cristal de cuarzo, marca "Rhode & Schwartz" los que a través de un radio-enlace con la Estación Naval Las Salinas, permitía la difusión en cinco horarios y varias frecuencias de las señales para todo Chile. Su estabilidad es de una centésima de segundo diaria. Estaba construido con tecnología a válvulas y su oscilador principal era a cristal de cuarzo con frecuencia de un megaciclo, el impulso del segundo se obtenía mediante divisiones de frecuencia.
  • 1966
    Por Decreto Supremo Nº 25, del 11 de enero, se establece que el Instituto Hidrográfico de la Armada, es la única Autoridad Oficial del Estado, en el control y difusión de la Hora Oficial de Chile, y de señales horarias para fines de navegación.
  • 1968
    Por ley Nº 16.771, publicada en el Diario Oficial del 22 de marzo, se establece que el Instituto Hidrográfico de la Armada, constituye el Servicio Oficial técnico y permanente del estado en todo lo que se refiere a señales horarias, entre otras atribuciones. Ese mismo año, por Decreto del Ministerio del Interior Nº 1.474 del 31 de octubre, se dispone que la Hora Oficial para toda la República será la que corresponde al meridiano 75º W (zona +3) a contar del 2 de noviembre de 1968. Este Decreto fue una forma de establecer una hora de verano (hora económica).
  • 1969
    Por Decreto del Ministerio del Interior N° 367, del 25 de marzo, se vuelve a la Hora Oficial del meridiano 60º W (zona +4) a contar del 29 de marzo de 1969. Por Decreto del Ministerio del Interior Nº 1.587 del 14 de noviembre 1969, rigió el huso horario +3, entre el 22 de noviembre 1969 al 28 de marzo de 1970.
  • 1970
    Por Decreto Supremo Nº 1.489, del 6 de octubre, se dispone que cada año la Hora Oficial se adelantará 60 minutos, a contar desde las 24 horas del segundo sábado del mes de octubre por un período comprendido entre tal fecha y las 24 horas del segundo sábado del mes de marzo inmediatamente siguiente. El huso horario +3 rigió desde el 10 de octubre de 1970 hasta el 13 de marzo de 1971.
  • 1971
    En el transcurso de ese año se pone en marcha el reloj de cesio marca Ebauches, Oscillaton B-5000, adquirido en Suiza, cuyo funcionamiento está basado en la gran estabilidad de oscilación de los átomos de cesio, lo que permite su utilización como patrón primario de tiempo y frecuencia y destinados a controlar las señales horarias originadas en los relojes de cuarzo, y para calibramiento y control de frecuencia. Este patrón de cesio tiene una exactitud de 1 x 10 elevado a 11, lo que equivale a un atraso a adelanto diario de un millonésimo de segundo o lo que es lo mismo, un atraso o adelanto de un segundo cada 3.000 años.
  • 1973
    Por Decreto Supremo N° 1.252, del 26 de septiembre, se modifica el Decreto Supremo N° 1.489, que estableció el régimen de cambio anual de la hora oficial, en el sentido de que el adelanto horario de 60 minutos previsto a contar de las 24 horas del segundo sábado del mes de octubre, se efectuaría desde dicho año, a contar del día 29 de septiembre en curso.
  • 1980
    Por Decreto Supremo Nº 1.142, del 20 de octubre, se establece la hora oficial de Chile insular occidental para la isla de Pascua e islas Salas y Gómez, asignándole la del meridiano 105º weste, que corresponde al huso horario +7, el que permanecerá inalterable durante el transcurso del año.
  • 1982
    Por Decreto Supremo Nº 61, del 19 de enero, es modificado el Decreto Supremo Nº 1.142, del 20 octubre 1980, asignándole a las islas de Pascua y Salas y Gómez el huso horario +6, de esta manera existirán dos horas de diferencia permanente entre la hora oficial de Chile continental y la hora oficial de Chile insular occidental.
  • 1987
    Por Decreto Supremo Nº 326, del 02 de marzo, es modificado el Decreto Supremo Nº 1.489, del 06 de octubre de 1970, que estableció el régimen de cambio anual de la hora oficial, en esta ocasión el decreto modificatorio dispone que el adelanto de la hora oficial de Chile continental e insular occidental, que comienza a regir a las 24 horas del segundo sábado del mes de octubre de 1986, por esta sola vez, se mantendrá vigente hasta las 24 horas del día sábado 11 de abril de 1987, lo anterior con motivo de la visita de S.S. Juan Pablo II al país.
  • 1988
    Por Decreto Supremo Nº 1.263, del 09 de septiembre, es modificado tanto el Decreto Supremo Nº 1.489, del 06 de octubre de 1970, que estableció el régimen de cambio anual de la hora oficial; como el Decreto Supremo Nº 1142, del 20 de octubre de 1980, que establece la hora oficial de Chile insular occidental para la isla de Pascua e islas Salas y Gómez. En esta ocasión, el decreto modificatorio dispone que el adelanto de la hora oficial de Chile continental e insular occidental, se efectuará, por el año 1988, a contar de las 24 horas del primer sábado del mes de octubre, por motivo del plebiscito del 05 de octubre de 1988.
  • 1990
    Por Decreto Supremo Nº 155, del 20 de febrero, se dispone que el adelantó de la hora se mantendrá hasta el 17 de marzo, con motivo de la transmisión del mando presidencial. Ese mismo año, por Decreto Supremo Nº 643, del 31 de octubre, se modifica al Decreto Supremo Nº 1.489, del 06 de octubre de 1970, al adelantar la hora oficial de Chile continental e insular occidental, como consecuencia de las desfavorables condiciones hidrológicas, la que se efectuará, por el año 1990, a contar de las 24 horas del tercer sábado del mes de septiembre.
  • 1992
    Por Decreto Supremo Nº 564, del 25 de mayo, es modificado el Decreto Supremo Nº 1142, del 20 de octubre de 1980, con el propósito de realzar la presencia nacional en el Territorio Chileno Antártico, el servicio de la señal horaria debe difundirse como: hora oficial Chile continental y Antártica chilena.
  • 1995
    Se pone en funcionamiento en forma paralela un estándar de frecuencia y hora, sincronizado por satélites, con oscilador de rubidio, el que a diferencia del reloj atómico de cesio, reutiliza sus componentes atómicos, se autocalibra a través de su conexión permanente con satélites GPS. Este equipo, además, entrega posición tridimensional.
  • 1996
    Se inaugura un sistema que permite entregar tanto a la comunidad marítima como civil, a través del Centro de Telecomunicaciones Marítimas de Valparaíso, o a través de un anexo telefónico del Servicio Hidrográfico y Oceanográfico, según el caso, un servicio vocalizado de señal horaria, identificando al Servicio como la única autoridad oficial en la emisión de la hora en Chile.
  • 1997
    Por Decreto Supremo Nº 482, del 04 de marzo, es modificado tanto el Decreto Supremo Nº 1.489, del 06 de octubre de 1970, que estableció el régimen de cambio anual de la hora oficial, como al Decreto Supremo Nº 1. 142, del 20 de octubre de 1980, que establece la hora oficial de Chile insular occidental para la isla de Pascua e islas Salas y Gómez. En esta ocasión el decreto modificatorio dispone que el atraso de la hora oficial de Chile continental y Antártica chilena e insular occidental, se efectuará, por el año 1997, a contar de las 24 horas del quinto sábado del mes de marzo.
  • 1998
    Se pone en funcionamiento una línea telefónica de servicio público, Nº 800 800 780, mediante la cual se accede directamente y sin costo, a la señal horaria vocalizada emitida por el SHOA. Ese mismo año, por Decreto Supremo Nº 1.903, del 21 de septiembre, se modifica tanto al Decreto Supremo Nº 1.489, del 06 de octubre de 1970, que estableció el régimen de cambio anual de la hora oficial, como al Decreto Supremo Nº 1.1 42, del 20 de octubre de 1980, que establece la hora oficial de Chile insular occidental para la isla de Pascua e islas Salas y Gómez.
  • 1999
    Por Decreto Supremo Nº 1.134, del 03 de marzo, modifica tanto al Decreto Supremo Nº 1.489, del 06 de octubre de 1970, que estableció el régimen de cambio anual de la hora oficial, como al Decreto Supremo Nº 1.142, del 20 de octubre de 1980, que establece la hora oficial de Chile insular occidental para la isla de Pascua e islas Sala y Gómez. En esta ocasión el decreto modificatorio dispone que el atraso de la hora oficial de Chile continental y Antártica Chilena e insular occidental, se efectuaría, por el año 1999, a contar de las 24 horas del primer sábado del mes de abril, por persistir las desfavorables condiciones hidrológicas.
  • 2008
    Por Decreto Supremo Nº 316 del 8 de febrero de 2008, del Ministerio del Interior, se modifica tanto al Decreto Supremo Nº 1.489, que estableció el régimen de cambio anual de la hora oficial, y al Decreto Supremo Nº 1.142, que establece la hora oficial de Chile Insular Occidental para la isla de Pascua e islas Sala y Gómez, debido a desfavorables condiciones hidrográficas y de severa sequía que afecta al país, se hace necesario restringir el suministro de energía eléctrica con un mejor aprovechamiento de la luz natural, se establece que el adelanto de la hora para Chile Continental e insular Occidental.
  • 2010
    Por Decreto Supremo Nº 156, del 5 de marzo de 2010, del Ministerio del Interior, se modifica tanto al Decreto Supremo Nº 1.489, que estableció el régimen de cambio anual de la hora oficial, y al Decreto Supremo Nº 1.142, que establece la hora oficial de Chile Insular Occidental para la isla de Pascua e islas Salas y Gómez, retrasando el cambio de horario de invierno al día sábado 3 de abril, en consideración al terremoto que afecto la zona centro-sur del país, en especial las Regiones del Maule y Bíobío, con lo cual se obtiene un mejor aprovechamiento de la luz natural, en las tardes.
  • 2011
    Por Decreto Supremo Nº 163, del 3 de marzo de 2011, del Ministerio del Interior, se modifica tanto al Decreto Supremo Nº 1.489, de octubre de 1970, que estableció el régimen de cambio anual de la hora oficial, y al Decreto Supremo Nº 1.142, de octubre de 1980, que establece la hora oficial de Chile Insular Occidental para la isla de Pascua e islas Salas y Gómez, retrasando el cambio de horario de invierno al día sábado 2 de abril, en consideración a las desfavorables proyecciones en las condiciones hidrográficas que hacen necesario disminuir la demanda de energía eléctrica mediante un mejor aprovechamiento de la luz natural.
  • 2012
    Por Decreto Supremo Nº 225, del 27 de Febrero de 2012, del Ministerio del Interior, se determinó la conveniencia, en lo que respecta al año 2012, extender el horario de verano hasta el último sábado del mes de Abril. Debido a las desfavorables proyecciones en las condiciones hidrológicas y la necesidad de disminuir la energía eléctrica mediante un mejor aprovechamiento de la luz natural.
  • 2013
    Por Decreto Supremo Nº 153 del 6 de febrero de 2013, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se determinó la conveniencia en lo que respecta al año 2013, de extender el horario de verano hasta las 24 horas del último sábado del mes de abril, reanudándose la vigencia de dicho adelanto a contar de las 24 horas del primer sábado del mes de septiembre.
  • 2014
    Por Decreto Supremo N° 307 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, del 30 de enero de 2014, establece que: El horario de invierno entrará en vigencia la medianoche del sábado 26 de abril. A su vez, se reanudará el horario de verano la medianoche del sábado 6 de septiembre.