Ley N� 15783
- ️Thu Nov 28 1985
LEY DE FUNCIONARIOS DESTITUIDOS
Promulgaci�n: 28/11/1985
Publicaci�n: 02/12/1985
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 2
- A�o: 1985
- P�gina: 1123
CAPITULO V - COMETIDOS DE LA COMISION ESPECIAL
Art�culo 28
Cr�ase una Comisi�n Especial que se integrar� con los miembros de la Comisi�n Nacional del Servicio Civil (ley 15.757, de 15 de julio de 1985), la cual, a los solos efectos de la aplicaci�n de la presente ley tendr� los siguientes cometidos: A) Entender y resolver sobre las solicitudes de reincorporaci�n, que conforme con esta ley, deben formularse directamente ante la propia Comisi�n, y sobre aquellas que les sometan las autoridades administrativas competentes o los reclamantes, seg�n lo dispuesto por los incisos segundo y cuarto del art�culo 6. B) Asesorar a los organismos respectivos, a requerimiento de �stos, sobre la aplicaci�n de la presente ley. C) Instruir informaciones sumariales y adoptar resoluci�n, en los casos indicados por el art�culo 39. (*)
(*)Notas:
Ver en esta norma, art�culos: 29 y 48.